En Lima no llueve en serio así que aquí nadie compra paraguas pero en otras ciudades uno tiene paraguas, impermeable y botas para la lluvia. La pregunta en ese caso es ¿cuánto estás dispuesto a pagar si es que olvidaste tu paraguas justo en medio de una lluvia intensa? Obviamente que el precio de ese paraguas será mayor al precio cuando no llueve. ¿Podemos calificar de abusivos o usureros a esos vendedores que nos ofrecen paraguas en medio de la lluvia? Obviamente que no. Nosotros siempre tenemos la opción de no comprar. Si nuestra disposición a pagar por ese bien es menor que el precio que ellos piden entonces no hay transacción. El precio de mercado no tiene porque ser siempre el mismo.
El Tribunal Constitucional (TC) ha cuestionado a los bancos porque según su fallo éstos sólo ponen a disposición de sus potenciales clientes contratos pre-redactados que impiden la negociación entre las partes. Es decir, en términos del ejemplo de la lluvia, el TC cuestiona que los clientes se mojen bajo la lluvia y no puedan negociar el precio de los paraguas con los bancos. Así como no aceptamos pagar tanto por un paraguas y caminamos una cuadra más, hacemos exactamente lo mismo cuando el representante del banco nos ofrece una tasa que consideramos elevada. Bueno, hasta que se nos acaba la paciencia o los bancos.
El TC no ha tomado en cuenta algo básico: no todos los clientes de los bancos somos iguales y por lo tanto el banco haría mal en ofrecernos un único producto a todos. No tiene sentido hacerlo. Por el contrario, el banco trata de segmentar, diferenciar a sus clientes y ofrecer a cada uno según sus características. Obviamente que tampoco el banco va a diferenciar uno por uno a sus clientes por la sencilla razón que es demasiado caro hacerlo. Es mucho más fácil tener 3 ó 4 productos básicos y tratar de encasillar a los clientes en esos. El banco reduce de esta manera sus costos de operación.
Lo otro que el TC ha ignorado es el carácter voluntario de la transacción entre nosotros y un banco. Desde nuestro primer juego de Monopolio estamos acostumbrados a negociar cada compra. Lo que no nos dábamos cuenta, a esa edad, era que en cualquier contrato de compraventa si las dos personas están de acuerdo con los términos del contrato y no estamos infringiendo las reglas del juego entonces la transacción es perfectamente legítima. Lo mismo pasa entre nosotros y el banco.
Lo que si puede pedir, no sólo el TC sino todos los potenciales usuarios, es mejor información para todos. Pero eso es labor de la SBS quien debe exigir a los bancos transmitan de manera efectiva a sus clientes el costo de las operaciones que están solicitando. No es por defender a la SBS pero creo que haciendo un tiempo ya viene trabajando por ese camino.
El TC debería pensar un poco antes de catalogar los bancos como usureros y pensar que quizás de lo que se trata es que esos bancos tienen que servir a un mercado donde hay clientes con distintos riesgos. Al haber aceptado esa demanda a un FAP el TC le ha aumentado el costo de financiamiento a todos los demás miembros de la FAP.